Contraloría General de la República · N° 086416N15
Dictamen N° 86.416, de 30 de octubre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 86.416 Fecha: 30-X-2015 Esta Contraloría General ha dado curso a las resoluciones de la suma, que aprueban los contratos de prestación de “servicios de salud de resolución de patologías agudas o agudizadas a través de mecanismo de pago por grupos relacionados (GRD)”, suscritos con las entidades que se indica, por ajustarse a derecho. No obstante, cumple con señalar que conforme con el N° 6 de las bases técnicas, los prestadores deben contar con la capacidad técnica, la infraestructura, el equipamiento y los servicios que detalla, y con la dotación y competencia del personal que individualiza, previniendo que una vez suscritos los convenios, la modificación de la información proporcionada en relación a cualquiera de dichos aspectos debe ser comunicada al Fondo Nacional de Salud dentro del plazo que indica, y no solo aquella vinculada a las “plantas de recursos humanos” como pudiera entenderse de la redacción consignada en la cláusula cuarta del acuerdo de voluntades. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de los documentos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 086416N15, de 30 de octubre de 2015.
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