Contraloría General de la República · N° 009843N14
Dictamen N° 9.843, de 7 de febrero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 9.843 Fecha: 07-II-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el señor Claudio Bernal Flandres para solicitar un pronunciamiento sobre la interpretación que debe darse a una señal vertical de tránsito ubicada a la salida de una estación de servicio de la localidad de Placilla de Peñuelas, de la comuna de Valparaíso. En efecto, el ocurrente indica, en lo que interesa, que fue condenado por el Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, por no detenerse ante una señal PARE, materia que fue planteada, además, ante la Contraloría Regional de Valparaíso, sede que se abstuvo de conocer tal situación por tratarse de un asunto sujeto a la competencia de los órganos jurisdiccionales, no obstante lo cual el requirente nuevamente presenta su consulta en los términos antedichos. Sobre el particular, cumple señalar que conforme con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336 de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, impedimento que según se determinó en el dictamen N° 69.436, de 2013, entre otros, se extiende a los casos en que el fallo judicial ha resuelto el fondo de la cuestión entregada a su decisión, como aconteció en la especie, toda vez que la referida sentencia incide precisamente en la interpretación que cabe otorgarle a la mencionada señal de tránsito y a su cumplimiento, constituyendo dicho punto parte esencial de la respectiva controversia. En consecuencia, este órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 009843N14, de 7 de febrero de 2014.
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