Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 009758N14

Dictamen N° 9.758, de 7 de febrero de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 9.758 Fecha: 07-II-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor René Méndez Sanhueza, exfuncionario del Consejo para la Transparencia, con el objeto de reclamar de su despido ocurrido el 30 de septiembre de 2013, por aplicación de la causal prevista en el artículo 160, N° 7, del Código del Trabajo, esto es, por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, sin que previamente se efectuara una investigación, y sin que se le pagaran sus vacaciones proporcionales. Requerido su informe, el referido consejo señaló las razones que se tuvieron en cuenta para poner término al contrato de trabajo del recurrente, expresando que se le hicieron dos advertencias para que mejorara su conducta, lo que implicó que se le dieran las debidas oportunidades para defenderse, sin que haya hecho uso de ellas. Sobre el particular, cumple manifestar que en armonía con la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 18.995, de 2011 y 58.895, de 2012, tratándose de servidores del Estado sujetos al indicado régimen jurídico, la concurrencia de la aludida causal requiere que la misma sea establecida a través de una breve investigación sumaria, la que si bien no debe sujetarse a las ritualidades de un proceso administrativo formal, al menos tiene que considerar que se oiga al acusado, se acredite el motivo del cese, y se le otorgue la oportunidad de defenderse, para satisfacer los principios generales del derecho, circunstancias que se advierten en los antecedentes acompañados. En efecto, consta en la documentación adjunta que al recurrente se le hicieron dos amonestaciones, debidamente notificadas, por medio de las cuales se le hizo presente que estaba incurriendo en faltas graves a las obligaciones de su contrato de trabajo, ante lo que tuvo ocasión de defenderse, trámites de los que es posible inferir que se realizó la aludida investigación breve, por lo que corresponde concluir que esa entidad se ajustó a derecho al disponer el cese de la relación contractual del peticionario por aplicación del citado artículo 160, N° 7, del anotado texto laboral, debiendo desestimar su reclamación en este sentido. Enseguida, en cuanto al no pago de sus vacaciones proporcionales, es menester hacer presente que se tuvo a la vista copia del respectivo finiquito, donde el servicio le reconoce dicho beneficio al requirente por la suma que allí aparece, y expresa que el documento se encuentra a su disposición para su firma. Transcríbase al Consejo para la Transparencia. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 009758N14, de 7 de febrero de 2014.

Artículos que cita

Más sobre Honorarios y Código del Trabajo

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D436

    La Contraloría concluye que la reubicación de personal del DAEM en municipios debe formalizarse mediante decreto alcaldicio que detalle las nuevas tareas, y que los reubicados conservan su antigüedad, pero se rigen por el régimen estatutario o laboral que corresponda, no por los beneficios colectivos anteriores.

  • 7 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF149327

    PROCHILE consulta si puede pactar reajustes anuales en contratos de personal local en el exterior regidos por la ley del país sede. Contraloría concluye que procede solo caso a caso, si la legislación local lo determina o permite, se acredita y existe disponibilidad presupuestaria.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D386

    El personal del Departamento de Salud Municipal debe celebrar el Día de la Atención Primaria de Salud (6 de septiembre), no el Día de los Funcionarios Municipales; los reubicados ex DAEM regidos por el Código del Trabajo sí pueden participar, y los contratados a honorarios no, por no ser funcionarios municipales.

Todos los pronunciamientos sobre Honorarios y Código del Trabajo

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium