Contraloría General de la República · N° 030580N12
Dictamen N° 30.580, de 24 de mayo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 30.580 Fecha: 24-V-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 127, de 2012, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros, que exime del llamado a propuesta pública, aprueba las bases administrativas, anexos y texto del contrato para la adquisición mediante licitación privada de las especies que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, el 2.1 del pliego de condiciones indica que la boleta de garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia mínima de 150 días contados desde el cierre de recepción de ofertas, plazo que no guarda relación con el considerado en el N° 3.6, según el cual la oferta debe mantenerse vigente por al menos 120 días. A su vez, en el anexo N° 4 se incluye una tabla titulada “cuadro de pruebas de verificación de condiciones técnicas y de funcionamiento”, que asigna porcentajes en caso de verificarse ciertas condiciones. Sin embargo, el 12% resultante no se encuentra considerado en ninguno de los tópicos incluidos en los criterios de ponderación contenidos en el N° 3, del anexo N° 3, sobre criterios y metodologías de evaluación. Asimismo, no se advierte fundamento para evaluar sólo a los proveedores antiguos en los factores “contratación de discapacitados” y “producción limpia”, como se señala en el N° 3.6 del anexo N° 3, pues esas condiciones no guardan relación con el comportamiento previo del oferente en contrataciones con la entidad licitante y, por ende, también podrían ser cumplidas por nuevos proveedores del Estado. Por su parte, el ítem IV de su parte resolutiva, que individualiza a los proveedores que serán invitados a participar del proceso de licitación privada, incluye tres personas jurídicas cuyos giros registrados en el Servicio de Impuestos Internos no guardan relación con el objeto del concurso, situación que deberá revisarse y aclararse, pues de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, la invitación efectuada por la entidad licitante deberá enviarse a un mínimo de tres posibles proveedores interesados que tengan negocios de naturaleza similar a los que son objeto de la correspondiente licitación privada, y el artículo 47 del mismo texto reglamentario agrega que deberá invitar a proveedores respecto de los cuales tenga una cierta expectativa de recibir respuestas a las invitaciones efectuadas (aplica criterio de dictámenes N°s. 15.342 y 54.776, ambos de 2011). Finalmente, deben corregirse las remisiones que se efectúan en el penúltimo párrafo del N° 3.6 y en la parte final del párrafo cuarto del 4.11 de las bases, así como también las citas a la ley N° 19.886 y a la ley N° 19.983, realizadas en las letras b) del 4.3 y d) del 4.4, y párrafo tercero de la cláusula décimo cuarta del contrato, respectivamente, del referido pliego de condiciones. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 030580N12, de 24 de mayo de 2012.
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