Contraloría General de la República · N° 047493N13
Dictamen N° 47.493, de 26 de julio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 47.493 Fecha : 26-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Cristián Riquelme Urra, de dotación de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, para consultar si los beneficios establecidos en la ley N° 20.344 -que esta Entidad de Control entiende se refieren a los contemplados en el artículo 1° de ese cuerpo legal-, pueden ser impetrados por el personal de la planta especial de dicha institución. Requerido su informe, el citado organismo manifestó, en síntesis, que sus funcionarios carecen del derecho a percibir esos emolumentos, por las razones que detalla. Sobre el particular, cabe recordar que el artículo único del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1990, del Ministerio de Defensa Nacional, adecuó la antigua planta especial de esa dirección a los estamentos que indica el artículo 5° de la ley N° 18.834, por lo que este Órgano de Fiscalización infiere que la pregunta del interesado consiste en si los mencionados estipendios pueden ser invocados por aquéllos que se desempeñan en alguno de los cargos existentes actualmente en esa repartición. Enseguida, corresponde destacar que el referido artículo 1° modificó diversas disposiciones del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, que conceden las asignaciones que allí se expresan a los empleados regidos por ese texto legal, entre los que no se encuentran los servidores por los cuales se consulta, ya que éstos se sujetan al Estatuto Administrativo y al decreto ley N° 249, de 1973, salvo en materia previsional, tal como se expuso en los dictámenes N os 19.682, de 2005 y 37.487, de 2013, de este origen. En consecuencia, es preciso concluir que los beneficios en estudio no pueden ser impetrados por los trabajadores de que se trata. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 047493N13, de 26 de julio de 2013.
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