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Contraloría General de la República · N° 043130N10

Dictamen N° 43.130, de 2 de agosto de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 43.130 Fecha: 02-VIII-2010 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.222, de 2010, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga a Pacific Seafoods S.A. la concesión de acuicultura que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que conforme lo establece el artículo 10, letras a) y e), del decreto N° 290, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, que aprobó el Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, a la solicitud de concesión de acuicultura deberá acompañarse, en lo que interesa, la fotocopia del R.U.T. de la persona jurídica solicitante y de la cédula nacional de identidad de quien comparece a su nombre, así como también se debe acreditar la existencia legal de la persona jurídica solicitante y la personería suficiente de quien actúa en su representación, lo que no acontece en la especie. Además, corresponde precisar que la mención al punto N° 9, que se hace en el N° 13 del acto en examen, debe entenderse efectuada al N° 10, referente al pago de la patente única de acuicultura. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 043130N10, de 2 de agosto de 2010.

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