Contraloría General de la República · N° E541080N24
Dictamen N° E541080, de 13 de septiembre de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación para arriendo de impresoras y escáneres, con alcances: el servicio debe aclarar la cantidad de equipos (599 o 605) y precisar el término anticipado por inhabilitación para contratar y la aplicación de inhabilidades a personas naturales.
Texto del pronunciamiento
N° E541080 Fecha: 13-IX-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas de licitación pública, para contratar el servicio de arriendo de impresoras y escáneres, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, esa entidad deberá precisar, en la etapa de aclaraciones, en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, la cantidad de impresoras a arrendar, dada la discordancia que existe entre lo señalado en el N° 1 del considerando y en el N° 2, de las bases administrativas -599 impresoras-, con lo indicado en el N° 5 de las bases técnicas y en los anexos N°s. 8 y 18 -605 de esos bienes-. En la misma oportunidad, deberá aclarar que también se pondrá término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley de la ley N° 21.595, disposición esta última que entró en vigencia a contar del 1 de septiembre de este año. Lo anterior, en atención a que el citado artículo 10 indica que la aludida pena se podrá imponer conforme a las reglas del Párrafo 5 del Título II de la Ley de Delitos Económicos, que comprende lo regulado en el inciso segundo de su artículo 33, en orden a que la inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena. En igual ocasión deberá precisar que las inhabilidades y prohibiciones que se señalan en el N° 1.1 del pliego en estudio, y en el anexo N° 1, regirán también, en lo que corresponda, a las personas naturales que pudieran presentarse al llamado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E541080N24, de 13 de septiembre de 2024.
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