Contraloría General de la República · N° 046317N16
Dictamen N° 46.317, de 23 de junio de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 46.317 Fecha: 23-VI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba bases administrativas, texto del contrato y anexos para la adquisición, mediante licitación privada, de las especies que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa institución deberá, mediante la respectiva aclaración, precisar que tanto la garantía de seriedad de la oferta como la de fiel y oportuno cumplimiento, podrán otorgarse física o electrónicamente, acorde con lo dispuesto en los artículos 30 y 59 del decreto N° 95, de 2006, del Ministerio de Hacienda. Además, no se advierte el sentido de la alusión al portal www.mercadopublico.cl que se hace en el numeral 3.6. y en el punto 2.6 del Anexo 3 del instrumento que se aprueba. Por otra parte, se debe precisar que, acorde a lo señalado en el punto 4.5 del acto en estudio, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se suscriba, se aceptará cualquier instrumento que sea pagadero a la vista, de carácter irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, y no sólo aquel que se menciona en el numeral 4.13 de las bases y en las cláusulas décimo primera y décimo segunda del modelo de contrato que se aprueba en el documento de la suma. Finalmente, se advierte un error en la individualización de los productos cuya adquisición se licita a que se refiere el punto 2.1 del pliego de condiciones, en relación al contenido de la glosa que deberá incluirse en el documento de garantía de seriedad de la oferta. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 046317N16, de 23 de junio de 2016.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.