Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 098151N15

Dictamen N° 98.151, de 14 de diciembre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 98.151 Fecha: 14-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Lizama Becerra denunciando que la Municipalidad de Santiago le exige recibir en comodato un carro para realizar su actividad mercantil en un bien nacional de uso público de la comuna, lo que a su juicio no correspondería toda vez que se encuentra al día en el pago de su patente comercial y porque dicha estructura no es funcional para la exhibición de la mercadería, añadiendo que fue amenazado por don Gonzalo Pino, inspector municipal, en el sentido de que se caducaría su autorización si no se allana a lo requerido. Sobre el particular, cumple señalar que esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 o , inciso tercero, de su Ley Orgánica N o 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia el señor Luis Lizama Becerra interpuso el Recurso de Protección Rol N° 73.014-2015, ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, la que dictó sentencia sobre la materia. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con remitir fotocopia del oficio N° 2.892, de 2015, de la mencionada entidad edilicia, en el que informa que el aludido señor Gonzalo Pino es un funcionario administrativo grado 10° de la Planta de Jefaturas del municipio, el cual carece de atribuciones para realizar inspecciones, y que conversó solo en una oportunidad con todos los comerciantes de calle Puente -incluido el recurrente-, respecto de ordenar el espacio público, tomar conocimiento de cualquier problemática existente, y ponerse a disposición de los mismos para cooperarles en el desarrollo de sus actividades, en concordancia con la actual ordenanza de comercio. Transcríbase a la Municipalidad de Santiago, a la Administradora Municipal y a la jefa de Asesoría Jurídica, ambas de esa entidad edilicia. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 098151N15, de 14 de diciembre de 2015.

Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205747

    La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.

  • 16 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF177637

    La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.

  • 20 de agosto de 2026

    Dictamen N° OF158362

    La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.

Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium