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Contraloría General de la República · N° 053227N15

Dictamen N° 53.227, de 2 de julio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 53.227 Fecha: 02-VII-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, que aprueban los contratos suscritos con Sociedad Procesadora de Leche del Sur S.A. que en cada caso se indican, por cuanto se ajustan a derecho. Sin embargo, esta Contraloría General entiende que para efectos de las eventuales sanciones aplicables en esos convenios, solo procederán los supuestos previstos en el N° 3 de la cláusula decimocuarta de cada contratación que correspondan a la “Bebida Láctea Purita Mamá” cuya adquisición se contrata. Por otro lado, se advierte que el texto transcrito en el considerando N° 3 de los actos en análisis se encuentra contenido en el N° 7 del capítulo VII de la resolución N° 278, de 2013, de ese servicio público, y no donde allí se anota. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de los actos administrativos de la suma. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 053227N15, de 2 de julio de 2015.

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