Contraloría General de la República · N° 073277N11
Dictamen N° 73.277, de 24 de noviembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 73.277 Fecha: 24-XI-2011 Mediante el oficio N° 2.664, de 2011, la Cámara de Diputados remitió a esta Contraloría General una solicitud del diputado señor Enrique Accorsi Opazo, en la que pide la reconsideración del dictamen N° 78.562, de 2010 -que se pronunció sobre la resolución exenta N° 1.800, del mismo año, de la Dirección General de Aguas, que establece criterios en las materias que indica-, y que se ordene en definitiva la invalidación de la indicada resolución. Requerido su informe, la Dirección General de Aguas, mediante su oficio N° 737, de 2011, ha manifestado que ante la Corte de Apelaciones de Santiago -causa rol N° 6.201, de 2010- se ha interpuesto un recurso de reclamación que incide en la legalidad de la citada resolución exenta N° 1.800, y se encuentra en actual tramitación. Atendido lo anterior, cumple este Órgano Fiscalizador con consignar, en lo que interesa, que el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, le impide intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como ocurre en la especie.. En mérito de lo expuesto, este Órgano Contralor debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 073277N11, de 24 de noviembre de 2011.
Más sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
-
La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
-
La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
-
La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
Todos los pronunciamientos sobre Competencia, Abstención y Asuntos Judiciales
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la Contraloría¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.