Contraloría General de la República · N° E111731N25
Dictamen N° E111731, de 3 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón con alcance de la resolución que aprueba la renovación del contrato de seguros, ordenando al servicio que en lo sucesivo los contratos estén caucionados desde su inicio y los instrumentos aprobatorios se dicten oportunamente.
Texto del pronunciamiento
N° E111731 Fecha: 03-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la renovación de contrato para la prestación del servicio de seguros que indica, no obstante, se advierte que el acuerdo de voluntades en estudio fue suscrito el 2 de marzo de 2025, que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento fue emitida el 28 de mayo de esa anualidad y que la aprobación de la convención se realizó el 13 de junio del referido año, de manera que esa entidad deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas tendientes a que los contratos que suscriba estén caucionados desde que comienzan a regir y a que los instrumentos que aprueben los convenios sean dictados oportunamente (aplica el criterio contenido en el oficio N° E6235, de 2025). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E111731N25, de 3 de julio de 2025.
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