Contraloría General de la República · N° 007548N17
Dictamen N° 7.548, de 6 de marzo de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 7.548 Fecha: 06-III-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas y anexos para la contratación del servicio de aseo para las dependencias de la Subsecretaría del Interior, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que este Organismo de Control entiende que a fin de obtener el puntaje correspondiente a los subfactores de la oferta económica denominados “Valor servicio mensual” y “Valor hora personal adicional”, contenidos en las letras a) y b) del punto 10.1.1 de las citadas bases, el precio de la oferta mínima se multiplicará por diez y su resultado será dividido por el precio de la oferta evaluada, lo que no aparece con claridad de las fórmulas contenidas en esos literales (aplica criterio contenido en dictamen N o 64.958, de 2015). Por otra parte, a futuro, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictámenes N os 68.885 y 86.486, ambos de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 007548N17, de 6 de marzo de 2017.
Más sobre Licitación Pública y Bases
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.
-
La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.