Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 047243N16

Dictamen N° 47.243, de 24 de junio de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 47.243 Fecha: 24-VI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Miguel Navea Bonilla, solicitando que en la reliquidación de su pensión de retiro de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA, se incorporen los trienios correspondientes al total de años computados en aquella. Requerida al efecto, DIPRECA manifiesta que conforme a la normativa aplicable, no procede acceder a la petición del interesado, toda vez que reliquidó su jubilación con la renta de Sargento 2° de Carabineros de Chile, y la totalidad de los beneficios pecuniarios asociados a dicho empleo. Sobre el particular, es útil señalar que el inciso cuarto del artículo 132 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, previene que sin perjuicio de los plazos de prescripción de corto tiempo establecidos para casos específicos, el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimientos o cualquier beneficio derivado de ellas prescribe en 10 años. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que entre la época en que se reliquidó la jubilación del recurrente por última vez -año 2005-, y la data de su presentación ante este Órgano de Control, transcurrió el indicado lapso, por lo que es dable advertir que el término para efectuar su revisión se encuentra vencido. No obstante lo expuesto, es menester hacer presente que el antiguo texto del artículo 70 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, vigente a la fecha de cese del peticionario, disponía, en lo pertinente, que el personal que vuelva al servicio en otras plazas de Carabineros de Chile, por un periodo no inferior a tres años ininterrumpidos, que den derecho a pensión, como ocurrió en la especie, podrá reliquidar su jubilación, considerando el total del tiempo servido, ya sea en relación con su último empleo, o con aquel en que obtuvo su anterior pensión. En razón de lo expresado, y dado que el ocurrente optó por reliquidar su pensión de retiro de acuerdo a la renta que percibía como Sargento 2° de Carabineros de Chile, tampoco procedería incluir en ella los beneficios pecuniarios asociados a su cargo en DIPRECA. En consecuencia, se desestima la pretensión del señor Navea Bonilla. Transcríbase a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 047243N16, de 24 de junio de 2016.

Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° D442

    La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D428

    La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.

  • 30 de julio de 2026

    Dictamen N° OF144463

    La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.

Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium