Contraloría General de la República · N° 003438N18
Dictamen N° 3.438, de 26 de enero de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 3.438 Fecha: 26-I-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Andrés Montero Jaramillo solicitando se investigue y objete el gasto asociado a la edición del libro “Reforma Agraria Chilena, 50 Años Historias y Reflexiones” por parte de la Presidencia del Senado con cargo a los recursos de su presupuesto. Al respecto, cabe señalar que acorde con lo previsto en el Capítulo X de la Constitución Política de la República, en la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República y en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, las funciones de esta institución son ejercidas fundamentalmente sobre los órganos y organismos que conforman la Administración del Estado, cuya definición contiene el artículo 1° de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de esta última, sin perjuicio del control excepcional que ejerce sobre otras entidades acorde con normas especiales expresas. De este modo, y en concordancia con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s 91.256, de 2016, y 31.032, de 2017, se concluye que esta Contraloría General debe abstenerse de intervenir e informar sobre el asunto planteado pues sus facultades fiscalizadoras no alcanzan a los recursos públicos de los diversos órganos del Congreso Nacional. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Graciela Lepe Uribe Subjefe División Jurídica
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003438N18, de 26 de enero de 2018.
Artículos que cita
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La Contraloría concluye que no le corresponde pronunciarse sobre la urgencia otorgada por el expresidente Boric a un proyecto de reforma constitucional, porque esa actuación incide en sus atribuciones colegislativas, materia ajena a su competencia.
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La Contraloría rechaza reconsiderar su criterio: el reclamo del artículo 160 de la ley N° 18.834 solo procede una vez afinado el procedimiento disciplinario, sin excepción por la gravedad de los vicios alegados, y la incompetencia de quien ordenó el sumario no lo invalida si lo afina la autoridad competente.
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La Contraloría concluye que no puede fiscalizar al SERVEL ni pronunciarse sobre la legalidad de la notificación de vocales de mesa, porque ese servicio no está sujeto a su control, salvo en el examen de sus cuentas; solo remite los antecedentes al SERVEL.
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