Contraloría General de la República · N° 003916N12
Dictamen N° 3.916, de 20 de enero de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 3.916 Fecha: 20-I-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento en examen, que otorga primera renovación de la concesión marítima menor que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con manifestar que de acuerdo al artículo 16 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, la garantía que deben constituir los beneficiarios de concesiones que comprendan mejoras fiscales, como es el caso, tiene como finalidad responder de los deterioros no derivados de su uso natural, y se hará efectiva a la expiración de la concesión previa calificación de los deterioros que haga la autoridad marítima, y no como dispone el tercer párrafo del N° 9 del acto en examen, que establece una finalidad distinta a la contemplada en la norma reseñada. Asimismo, cabe hacer presente que el domicilio correcto del solicitante es calle Arturo Aldunate N° 210, Tongoy, comuna de Coquimbo y no como señala el N° 1 de la parte resolutiva. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento examinado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003916N12, de 20 de enero de 2012.
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