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Contraloría General de la República · N° 102315N15

Dictamen N° 102.315, de 29 de diciembre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 102.315 Fecha: 29-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Andrea Cordero Cordero, funcionaria de la Municipalidad de Galvarino, reclamando la falta de resolución del concurso público para proveer el cargo de director de control de esa entidad edilicia, en el cual habría resultado elegida para conformar la terna propuesta por el comité de selección al alcalde de la comuna. En un tenor similar, la Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido la presentación de don Ricardo Senn Canario quien, al igual que la señora Cordero Cordero, conforma la terna del aludido certamen. Requerido de informe, el citado municipio lo evacuó señalando, en síntesis, que el concurso público para proveer el cargo en comento, no se encuentra resuelto, toda vez que el concejo municipal en sesión ordinaria N° 7, de 11 de marzo del año en curso, rechazó al candidato propuesto por el alcalde; agregando que, la última actuación válida en relación con el aludido certamen consta en el memorándum N° 93, de 7 de septiembre de la presente anualidad, de la secretaria de actas de la comisión de selección, en la que informa que se rectificó el orden de puntajes en la terna presentada inicialmente al edil de la comuna. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 29, inciso segundo, de la ley N° 18.695, previene, en lo que interesa, que la jefatura de la unidad encargada del control “se proveerá mediante concurso de oposición y antecedentes y no podrá estar vacante por más de seis meses consecutivos. Las bases del concurso y el nombramiento del funcionario que desempeñe esta jefatura requerirán de la aprobación del concejo”. Luego, menester es señalar que la vacancia de un cargo no puede transformarse en indefinida, ya que aquello atentaría contra los principios de continuidad de la función pública y eficiencia, establecidos en los artículos 3° y 5°, ambos de la ley N° 18.575 (aplica criterio contenido en el dictamen N° 74.656, de 2015). Por consiguiente, en atención a que de acuerdo con lo indicado por la propia entidad edilicia, el empleo se encuentra vacante a partir del 6 de noviembre de 2014 -esto es, por un lapso superior a seis meses- y existen postulantes idóneos para ocupar la plaza de que se trata, procede que la Municipalidad de Galvarino resuelva el certamen en comento, proveyendo a la brevedad el cargo de director de control respectivo, en conformidad con lo dispuesto en el anotado artículo 29, inciso segundo, de la ley N° 18.695, de lo que informará, acompañando los antecedentes de respaldo que correspondan, a la Unidad de Seguimiento de la Contraloría Regional de La Araucanía en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este pronunciamiento. Transcríbase a los recurrentes y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 102315N15, de 29 de diciembre de 2015.

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