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Contraloría General de la República · N° 039546N17

Dictamen N° 39.546, de 9 de noviembre de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 39.546 Fecha: 09-XI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Igor Schuffenegger Burgos, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando que en la pensión de retiro que percibe, además del sobresueldo de suboficial graduado, se incorpore el sobresueldo de unidad de orden y seguridad especializada. Al respecto, el departamento de pensiones de dicha institución policial manifiesta que la pensión del interesado se encuentra bien determinada, añadiendo que solo correspondió considerar en el cálculo de su beneficio jubilatorio el primero de los sobresueldos aludidos, debido a su calidad de imponible. Sobre el particular, es dable señalar que el inciso primero del artículo 94 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, prevé que la pensión de retiro se computará sobre la base del 100% de la última remuneración imponible de actividad, en razón de una treintava parte por cada año de servicio. Luego, cabe agregar que el artículo 49 del mismo ordenamiento, establece, en lo que importa, que el sobresueldo de suboficial graduado es compatible solo con uno de los indicados en las letras c), d) o e) del artículo 48, es decir, por título profesional, por título de especialidad o por reparticiones o unidades de orden y seguridad especializadas, respectivamente, siendo imponible el de mayor porcentaje. Precisado lo anterior, es del caso anotar que mediante la resolución N° 1.261, de 2016, del referido departamento, se concedió al peticionario una jubilación en base a 30/30avos de la renta asignada a Suboficial Mayor, grado 11/09, con 10 trienios (34%), 35% de sobresueldo de suboficial graduado, 29% de bonificación de mando y administración, y la asignación de especialidad al grado efectivo, a contar del 1 de enero de 2017. De lo expuesto, y acorde con la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N° 7.531, de 2014, se infiere que en la pensión de retiro únicamente debe considerarse un sobresueldo -el que posea la calidad de imponible o en su caso, el de mayor imponibilidad-, lo que sucedió en el caso del peticionario, dado que en su jubilación se computó el de suboficial graduado, razón por la cual no es posible incluir en aquella, el sobresueldo de unidad de orden y seguridad especializada, como se pretende. En consecuencia, cabe concluir que la pensión de retiro del señor Igor Schuffenegger Burgos, se encuentra correctamente determinada. Transcríbase al Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 039546N17, de 9 de noviembre de 2017.

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