Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 006194N14

Dictamen N° 6.194, de 24 de enero de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 6.194 Fecha: 24-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Leopoldo Enrique Morales Muñoz, pensionado en el régimen que administra la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 4.348, de 2007, de este origen, por cuanto, a su juicio, el criterio en él contenido le habría impedido reliquidar su pensión de retiro. Sobre el particular cabe recordar que el dictamen N° 4.348, de 2007, mediante el cual se reconsideró toda la jurisprudencia anterior, concluyó que pueden volver al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o, en su caso, al de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, sólo aquellos pensionados que, reingresando al servicio, no hubieren optado previamente por el sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, pues, en tal caso, quedan sujetos íntegramente a las normas de este último, no pudiendo retornar al régimen de las mencionadas cajas, a menos, por cierto, que adquieran nuevamente alguna de las calidades del artículo 1° de la ley N° 18.458. Al respecto, cabe indicar que la materia planteada en la especie ha sido debidamente estudiada por este Órgano Fiscalizador, correspondiendo señalar que los antecedentes de hecho y elementos de juicio invocados por el recurrente no permiten modificar el criterio sustentado en dicho pronunciamiento, por lo que no cabe sino desestimar la presente solicitud de reconsideración y ratificar el aludido dictamen N° 4.348, de 2007. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006194N14, de 24 de enero de 2014.

Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° D442

    La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D428

    La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.

  • 30 de julio de 2026

    Dictamen N° OF144463

    La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.

Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium