Contraloría General de la República · N° 078577N15
Dictamen N° 78.577, de 5 de octubre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 78.577 Fecha : 05-X-2015 Mediante el documento del rubro, el Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados remitió un requerimiento de los Diputados Jorge Rathgeb Schifferli y Bernardo Berger Fett, quienes solicitaban a esta Contraloría General iniciar el procedimiento administrativo contemplado en el artículo 10 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en atención a que el Director del Servicio de Salud Araucanía Sur no habría remitido la información que indican, la que acorde con el artículo 9° de dicha ley, se le había solicitado. Requerido el informe respectivo, y realizadas las diligencias de rigor, este Organismo Fiscalizador ha constatado que, mediante oficio Nº 1.868, de 11 de septiembre de 2015, del Director (T y P) del Servicio de Salud Araucanía Sur, se dio respuesta a lo solicitado por esa Cámara de Diputados. En tales condiciones, esta Contraloría General entiende que el motivo por el cual fue requerida su intervención, en el asunto que interesa, se encuentra superado. Transcríbase al Servicio de Salud Araucanía Sur, a la Contraloría Regional de La Araucanía y al Jefe de Gabinete de la Contralora General (S). Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 078577N15, de 5 de octubre de 2015.
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