Contraloría General de la República · N° E124491N25
Dictamen N° E124491, de 24 de julio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases para la contratación del servicio de organización y producción de eventos, con alcances: sin acreditar sustentabilidad o integridad no se otorgará puntaje, y deberá ajustarse el análisis técnico y económico al artículo 31 del decreto N° 661, de 2024.
Texto del pronunciamiento
N° E124491 Fecha: 24-07-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas y técnicas para la contratación del servicio de organización y producción de eventos que indica, pero cumple con hacer presente que se entiende que, para el caso que el oferente no acredite el cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad a los que se refiere el apartado “C4” del N° 7.1, o bien, que no presente el programa de integridad y ética empresarial a que se alude en el apartado “C5” de ese mismo numeral, no se le otorgará puntaje a la propuesta en el criterio de evaluación que corresponda (aplica el criterio contenido en el oficio N° 49.571, de 2013). Además, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, esa entidad licitante deberá arbitrar las medidas que resulten necesarias para que el análisis técnico y económico se ajuste a lo previsto en el artículo 31 del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda (aplica el criterio contenido en el oficio N° E73416, de 2025). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo individualizado en el epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E124491N25, de 24 de julio de 2025.
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