Contraloría General de la República · N° 007830N13
Dictamen N° 7.830, de 4 de febrero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 7.830 Fecha: 04-II-2013 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 1, de 2013, del Hospital del Salvador, por el cual se aprueba la serie de preguntas y respuestas en el marco de la licitación pública que lleva a efecto el Hospital del Salvador, sobre servicio de aseo hospitalario, ya que en tanto no importen una modificación a las respectivas bases, se trata de un acto exento del trámite de toma de razón, de conformidad con la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Al respecto, corresponde tener presente que el antecedente de que se trata será examinado en el trámite de toma de razón del contrato que se suscriba con el respectivo adjudicatario, acorde con lo previsto en el artículo 9°, numeral 9.2.2., de la mencionada resolución N° 1.600, instancia en la que deben remitirse los antecedentes del proceso licitatorio. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 007830N13, de 4 de febrero de 2013.
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