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Contraloría General de la República · N° 098187N15

Dictamen N° 98.187, de 14 de diciembre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 98.187 Fecha: 14-XII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ramón Silva López, solicitando el pago del seguro de cesantía. Sobre el particular, y tal como lo resolvió este Órgano Contralor en el dictamen N° 86.367, de 2014, el organismo competente para ejercer la supervigilancia, control y fiscalización sobre la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía -entidad encargada del entero del seguro de cesantía-, es la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la ley N° 19.728. En consecuencia, dado que la materia sobre la cual se ha solicitado un pronunciamiento se encuentra en el ámbito de atribuciones de esa Entidad, cumple esta Contraloría General con remitir los antecedentes de la referencia para los fines procedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880, y a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico. Transcríbase al interesado. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 098187N15, de 14 de diciembre de 2015.

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