Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 016330N10

Dictamen N° 16.330, de 29 de marzo de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 16.330 Fecha: 29-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alfredo Ferrada Valenzuela, sosteniendo que la Subsecretaría de Marina ha infringido la normativa vigente al dar término a la concesión marítima otorgada a su representada, la Sociedad Gastronómica y de Turismo Muviña Ltda., mediante decreto N° 1.039 de 1983, y posteriormente concedida a la Municipalidad de Viña del Mar, mediante decreto N° 128 de 2005, ambos del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Marina, requiriendo su invalidación e indemnización de perjuicios. Al respecto, cabe señalar que este organismo de Control, mediante dictamen N° 57.327 de 2004, copia del cual se acompaña, ya emitió un pronunciamiento respecto a la legalidad de la renovación de la concesión otorgada a la Sociedad Gastronómica y de Turismo Muviña Ltda., poniendo en su conocimiento -según lo informado en esa ocasión por la Subsecretaría de Marina-, que la Municipalidad de Viña del Mar había solicitado la concesión marítima del Muelle Vergara y que al tenor del Reglamento de Concesiones Marítimas, compete privativamente a esa autoridad marítima resolver sobre el otorgamiento, la derogación y renovación de éstas. Es del caso precisar que el ya citado decreto N° 128 de 2005, que otorgó la referida concesión a la Municipalidad de Viña del Mar, fue sometido al control previo de legalidad de esta Contraloría General siendo cursado el 16 de agosto de 2005, sin observaciones, por ajustarse a derecho. Finalmente, cabe reiterar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse nuevamente de emitir un pronunciamiento en cuanto a la medida precautoria impetrada, por cuanto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su ley Orgánica Constitucional N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos de materia litigiosa o sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Asimismo, tampoco corresponde a este Organismo Fiscalizador anular actos administrativos y disponer la indemnización de perjuicios -como lo solicita el interesado-, toda vez que la invalidación de los mismos es una potestad radicada en la Administración activa y el resarcimiento de los daños supuestamente causados compete a los Tribunales de Justicia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 016330N10, de 29 de marzo de 2010.

Más sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D432

    La Contraloría concluye que la DIRECTEMAR puede fiscalizar los astilleros de todo el territorio nacional, aunque estén fuera de su jurisdicción, porque la ley le entrega ese control técnico para garantizar la seguridad naval.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF201977

    La Contraloría toma razón del documento que reconoce la fusión y cambio de razón social de la concesionaria y pone término a la concesión marítima, con el alcance de que la fecha de publicación del extracto citada es errónea.

  • 9 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF192641

    La Contraloría concluye que no hay reproche jurídico al Ministerio de Defensa por la demora en resolver la renuncia parcial a la concesión marítima, pues existieron dificultades técnicas y la solicitante tardó en completar antecedentes. Tampoco correspondía suspender el cobro de la renta, aunque el nuevo tarifado rige desde la admisión de la solicitud.

Todos los pronunciamientos sobre Concesiones Marítimas, Acuicultura y Pesca

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Medio Ambiente y Regulación Sectorial

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium