Contraloría General de la República · N° E209783N25
Dictamen N° E209783, de 9 de diciembre de 2025
Sumario
La Contraloría no dio curso al documento que declara caducadas las concesiones de Aguas Lampa S.A., porque la caducidad debe declararla el Presidente mediante decreto supremo fundado del MOP, conforme al artículo 24 de la Ley General de Servicios Sanitarios.
Texto del pronunciamiento
N° E209783 Fecha: 09-12-2025 Esta Contraloría General no ha dado curso al documento del epígrafe, que declara caducadas las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas de la empresa Aguas Lampa S.A., para atender dos sectores de estación Colina, comuna de Lampa, región Metropolitana de Santiago, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo ordenado en el artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas -Ley General de Servicios Sanitarios-, según el cual la caducidad de tales concesiones debe ser declarada por el Presidente de la República mediante decreto supremo fundado del Ministerio de Obras Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, cabe consignar que, no obstante haber sido solicitados, tampoco se han acompañado la totalidad de los antecedentes que sirven de sustento al acto administrativo en estudio. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E209783N25, de 9 de diciembre de 2025.
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