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Contraloría General de la República · N° 061595N11

Dictamen N° 61.595, de 29 de septiembre de 2011

Texto del pronunciamiento

N°61.595 Fecha:29-IX-2011 Mediante el oficio N° 860, de 2011, del Senado, se ha remitido a esta Contraloría General la solicitud de la Senadora doña Ximena Rincón González, a fin de que se informe acerca del estado de tramitación de la presentación efectuada por don Juan Carlos Reyes Muñoz a este Organismo Fiscalizador, relativo a la procedencia de su reincorporación al Poder Judicial, en razón de haberse dictado sentencia absolutoria en la causa criminal que se siguió en su contra. A este respecto, cabe señalar que mediante oficio N° 34.222, de 2011, de esta Entidad Contralora, cuya copia se adjunta, se expresó al interesado que, en conformidad con el ordenamiento vigente, la entidad competente para pronunciarse sobre las disposiciones estatutarias aplicables al Poder Judicial es la Corte Suprema, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia de este Ente Contralor, contenida en sus dictámenes N os 46.898, de 2010 y 26.735, de 2011, entre otros. Por otra parte, se requiere que se revise y estudie a fondo lo que se refiere al reconocimiento de los años de servicio del señor Reyes Muñoz y el cálculo del período en que estuvo separado de su cargo, para efectos de realizar su trámite de jubilación. Sobre el particular, se debe anotar que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, el interesado se afilió a la Administradora de Fondos de Pensiones Planvital el 11 de agosto de 1982, por lo que a esta Institución de Control no le corresponde pronunciarse sobre la materia, atendido que fiscalizar a las administradoras de fondos de pensiones y el otorgamiento de las prestaciones que éstas conceden a sus afiliados, el funcionamiento de las sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales, como también, fijar la interpretación de la legislación y reglamentación del Sistema, con carácter obligatorio para dichas administradoras, las sociedades filiales a que se refiere la norma y las sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales, y dictar las normas generales para su aplicación, se encuentra en el ámbito de competencia de la Superintendencia de Pensiones, tal como se ha reconocido en el dictamen N° 68.868, de 2009, de este origen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 061595N11, de 29 de septiembre de 2011.

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