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Contraloría General de la República · N° 054882N16

Dictamen N° 54.882, de 26 de julio de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 54.882 Fecha: 26-VII-2016 Este Organismo de Control ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases administrativas y técnicas, con sus respectivos anexos, para la contratación mediante licitación pública del servicio que indica para el hospital de dicha institución, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante lo anterior, es necesario que en el desarrollo de la licitación pública, en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Contratación Pública que para los efectos de la aplicación de la fórmula contenida en el subfactor relativo a condiciones de la empresa y remuneraciones, regulado en el N° 10.2 del pliego de condiciones, se considerará el sueldo bruto ofertado y no aquel que allí se indica (aplica dictamen N° 63.103, de 2015). Además, esa repartición pública, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 49.256, de 2016). Finalmente, corresponde que ese servicio procure, en el futuro, que los documentos que sancione observen un orden correlativo en la numeración de sus resuelvos, lo que no aconteció en esta oportunidad en que no se incluye el N° 2 (aplica dictamen N° 99.509, de 2014). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 054882N16, de 26 de julio de 2016.

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