Contraloría General de la República · N° 014446N12
Dictamen N° 14.446, de 13 de marzo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 14.446 Fecha: 13-III-2012 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución N° 124, de 2011, del Parque Metropolitano de Santiago, que aprueba las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Inventarios, Anexos y Planos para la realización de la Licitación Pública N° 36/2011 para la "Conservación, Mantención y Seguridad del Parque Bicentenario de la Infancia, Comuna de Recoleta", por cuanto se ajusta a derecho, pero cumple con hacer presente que lo señalado a propósito del Funicular, en el punto 4.17.11 del pliego de condiciones de que se trata, debe entenderse sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 159 bis, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, agregado por el artículo 1° de la ley N° 20.296, que establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección periódica de los ascensores y otras instalaciones similares, y en las disposiciones pertinentes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el decreto N° 47, de 1992, de la aludida Cartera Ministerial. Asimismo, en el Inventario de Infraestructura que se viene aprobando, debe considerarse incorporado el aludido Funicular, en armonía con lo dispuesto en el apartado “Manejo de Infraestructura”, de los Anexos I, IIa y IIb, Itemizado de Labores Permanentes, Estacionales y Estacionales-Carta Gantt, respectivamente. Por último, atendida la naturaleza del documento en examen, resulta impropia la referencia a la “concesión del sistema Funicular”, efectuada en la letra b, del aludido punto 4.17.11, de las especificaciones técnicas. Con los alcances precedentes, se ha dado curso al acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 014446N12, de 13 de marzo de 2012.
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