Contraloría General de la República · N° 075358N16
Dictamen N° 75.358, de 13 de octubre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 75.358 Fecha: 13-X-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, mediante los cuales se aprueban las renovaciones de los contratos que indican, suscritos con las empresas que en cada caso se individualizan, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de esos contratos, aludidas en la cláusula duodécima de los mismos, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dichos acuerdos de voluntades. Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 075358N16, de 13 de octubre de 2016.
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