Contraloría General de la República · N° 033549N17
Dictamen N° 33.549, de 13 de septiembre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 33.549 Fecha: 13-IX-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Magela Crisóstomo Avendaño, exfuncionaria de la Fuerza Aérea, para solicitar la devolución de las cotizaciones al fondo de desahucio. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 215 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, vigente por disposición del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del mismo origen, establece, en lo que importa, que el personal que no alcanzare a cumplir el tiempo mínimo para gozar de pensión de retiro -20 años de servicios efectivos-, como sucedió en la especie, tendrá derecho a la devolución de sus imposiciones al fondo de desahucio, contando para ello con un plazo de tres años desde el cese. Ahora bien, considerando que el alejamiento de la recurrente de esa institución castrense se produjo en el año 1997, su petición en orden a que se le haga devolución de las imposiciones al fondo de desahucio -de fecha 1 de septiembre de 2017-, es extemporánea, por lo que se rechaza su pretensión. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033549N17, de 13 de septiembre de 2017.
Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
-
La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.
-
La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.
Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.