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Contraloría General de la República · N° 010673N10

Dictamen N° 10.673, de 24 de febrero de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 10.673 Fecha: 24-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rodrigo Arancibia Gallardo, reclamando en contra de la Municipalidad de Vitacura, pues dicha repartición no habría autorizado la explotación de los estacionamientos existentes en el centro comercial que indica ni habría admitido a tramitación una patente de alcoholes respecto de un establecimiento ubicado en el mismo inmueble. En relación con esta presentación, cumple esta Contraloría General con remitir, para su conocimiento y fines que procedan, fotocopia del oficio N° 10/57, de 2010, de la Municipalidad de Vitacura, que se refiere a la situación planteada. Sin perjuicio de lo anterior, es del caso recordar que los actos de otorgamiento de una patente, sea de alcoholes o comercial, son actos reglados que se encuentran sujetos al cumplimiento de diversas exigencias, entre las cuales se cuentan aspectos objetivos -como los de zonificación-, que la autoridad debe limitarse a verificar y -en el caso de la patente de alcoholes-, otros que importan una evaluación del municipio, relacionada con las funciones que esas entidades desarrollan en el ámbito de su territorio -como las vinculadas a la seguridad pública, molestias vecinales u otras de similar naturaleza-, ponderación que es concordante con la finalidad última de las municipalidades, consistente en satisfacer las necesidades de la comunidad local (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 49.997, de 2003 y 3.595, de 2010). Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 010673N10, de 24 de febrero de 2010.

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