Contraloría General de la República · N° E557699N24
Dictamen N° E557699, de 25 de octubre de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de aseo integral, al ajustarse a derecho, con alcances: deberá tenerse presente el término anticipado si se impone la pena de inhabilitación para contratar con el Estado.
Texto del pronunciamiento
N° E557699 Fecha: 25-X-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato suscrito con la Unión Temporal de Proveedores conformada por las empresas que indica, para la prestación del servicio de aseo integral en las dependencias que señala, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, esa Entidad deberá tener presente que también se pondrá término anticipado al contrato en el caso que al contratista se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595, disposición esta última que entró en vigencia a contar del 1 de septiembre de este año. Lo anterior, en atención a que el citado artículo 10 indica que la aludida pena se podrá imponer conforme a las reglas del Párrafo 5 del Título II de la Ley de Delitos Económicos, entre las que se encuentra la regulada en el inciso segundo de su artículo 33, que prevé que la inhabilitación para contratar con el Estado produce también la extinción de pleno derecho de los efectos de los actos y contratos que el Estado haya celebrado con el condenado y que se encuentren vigentes en el momento de la condena. Asimismo, esta Contraloría General entiende que el plazo de 3 días hábiles para efectuar los descargos, a que se refiere el segundo párrafo de la cláusula “Procedimientos de aplicación de medidas para los casos de incumplimiento”, dice relación solo con los incumplimientos que no tengan como sanción una multa o el término anticipado del contrato, medidas estas últimas que tienen una regulación especial en el documento en estudio. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud. OSVALDO VARGAS ZINCKE Contralor General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E557699N24, de 25 de octubre de 2024.
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