Contraloría General de la República · N° 049812N12
Dictamen N° 49.812, de 14 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 49.812 Fecha: 14-VIII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 9, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, mediante el cual se aprueba el reglamento para la aplicación del artículo 12, letra a), de la ley orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente -fijada por el artículo segundo de la ley N° 20.417-, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple hacer presente que esta Contraloría General entiende que, en razón de los principios de coordinación, eficiencia y eficacia, previstos en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575 -Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado-, los órganos competentes adoptarán oportunamente todas las medidas necesarias para que, tanto el informe sobre el desempeño de la referida Superintendencia -que ha de elaborar su Oficina de Planificación y Control de Gestión, conforme al inciso primero del artículo 6° del acto en análisis-, como la documentación que le sirva de fundamento, sean puestos a disposición de la Comisión de Evaluación de la marcha de la Supertintendencia del Medio Ambiente, antes de que esta última celebre su primera sesión, de modo de permitirle que, en dicha junta y con conocimiento de esa información, establezca su plan de trabajo, acorde a lo dispuesto en el artículo 5° del texto en examen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 049812N12, de 14 de agosto de 2012.
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