Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 058574N13

Dictamen N° 58.574, de 10 de septiembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 58.574 Fecha: 10-IX-2013 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 216, de 2013, del Instituto Nacional de Deportes de Chile, por la cual se aprueba la serie de preguntas y respuestas, y aclaraciones, en el marco de la licitación pública que lleva a efecto el aludido servicio, sobre contratación de servicio de aseo para las instalaciones deportivas y dependencias administrativas del Estadio Nacional Julio Martínez Prádanos y el Polideportivo CAR, ya que se trata de un acto exento del trámite de toma de razón, de conformidad con la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. No obstante, cumple con hacer presente que si las aclaraciones y respuestas a las consultas realizadas durante el procedimiento licitatorio implican alterar lo establecido en las bases, corresponde que dichos lineamientos concursales sean modificados oportunamente por un acto administrativo sometido al trámite de toma de razón, situación que no aconteció en esta oportunidad (aplica dictámenes N°s. 29.792, 25.839 y 12.463, todos de 2012). En todo caso, es dable anotar que los antecedentes de que se trata serán examinados en el trámite de toma de razón del contrato que se suscriba con el respectivo adjudicatario, acorde con lo previsto en el artículo 9°, numeral 9.2.2., de la mencionada resolución N° 1.600, instancia en la que deben remitirse los documentos del proceso licitatorio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 058574N13, de 10 de septiembre de 2013.

Más sobre Licitación Pública y Bases

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206350

    La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206616

    La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D451

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.

Todos los pronunciamientos sobre Licitación Pública y Bases

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium