Contraloría General de la República · N° 047330N15
Dictamen N° 47.330, de 15 de junio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 47.330 Fecha: 15-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Cristóbal Guerrero Cortés, abogado de Audax Italiano La Florida SADP, solicitando un pronunciamiento acerca de la incompatibilidad que afectaría al señor Marco Espinoza Cartajena, concejal de la citada comuna, para desempeñarse como prestador de servicios profesionales a honorarios o en virtud de un contrato de trabajo en el club mencionado. Sobre el particular, cabe precisar que de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la ley N° 18.695, las causales de inhabilidad e incompatibilidad de los concejales serán declaradas por el tribunal electoral regional respectivo, a requerimiento del alcalde o de cualquier concejal de la respectiva municipalidad, de acuerdo con el procedimiento contemplado en los artículos 17 y siguientes de la ley N° 18.593 y, por ende, este Organismo de Control carece de competencia al respecto (aplica dictamen N° 11.502, de 2003). Atendido lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 047330N15, de 15 de junio de 2015.
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