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Contraloría General de la República · N° 021220N15

Dictamen N° 21.220, de 17 de marzo de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 21.220 Fecha: 17-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Edelberto Riquelme Reyes, reclamando porque el Instituto de Previsión Social no habría dado cumplimiento a lo ordenado por las sentencias judiciales que acompaña. Sobre el particular, es necesario indicar que el artículo 76 de la Constitución Política dispone que la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, conforme al cual esta Entidad Fiscalizadora no interviene ni informa los asuntos que hayan sido conocidos por los tribunales de justicia, como ocurre en la especie. Por consiguiente, este Organismo de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido. Transcríbase al Instituto de Previsión Social. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Por orden del Contralor General Subcontralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 021220N15, de 17 de marzo de 2015.

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