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Contraloría General de la República · N° 038281N15

Dictamen N° 38.281, de 13 de mayo de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 38.281 Fecha : 13-V-2015 Se ha dirigido a esta Entidad de Control doña Camila Araya Gallardo, para solicitar la devolución de lo pagado en virtud de una multa cursada por haber incurrido -supuestamente, según estima- en una infracción de tránsito, al detener su vehículo en una zona en la que estaba permitido hacerlo, contigua a otra que contaba con prohibición de estacionar. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley Nº 10.336, la Contraloría General no puede intervenir ni informar en asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso. Pues bien, según aparece de los antecedentes tenidos a la vista, la materia de que se trata reviste el carácter de litigiosa, por cuanto incide en la interpretación que corresponde otorgarle a las señales de tránsito, y, en determinar la procedencia de una infracción, todas ellas cuestiones propias de un procedimiento jurisdiccional, entregadas al conocimiento de los tribunales de justicia, en este caso, al Segundo Juzgado de Policía Local de Estación Central. En consecuencia y en mérito de lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 038281N15, de 13 de mayo de 2015.

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