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Contraloría General de la República · N° 013524N12

Dictamen N° 13.524, de 8 de marzo de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 13.524 Fecha : 08-III-2012 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General el señor Roberto Antonio Figueroa Pérez, ex funcionario de la Armada de Chile, para solicitar la incorporación de la asignación de zona en su pensión de retiro por inutilidad de segunda clase. Requerido su informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas señala, en síntesis, que esta Entidad Fiscalizadora ha analizado la materia en estudio, a través del dictamen N° 12.745, de 2005. Al respecto, cabe manifestar que el citado pronunciamiento concluyó que las pensiones de jubilación se determinan acorde a la legislación vigente a la fecha de expiración de funciones, en la cual se entenderán incluidas no sólo las disposiciones legales o reglamentarias en rigor, sino la interpretación que a esa época se haya dado a esa normativa por esta Contraloría General. Añade el referido dictamen que la jurisprudencia de este origen que permite al personal de las Fuerzas Armadas incorporar a sus pensiones de retiro la asignación de zona, no se aplica a aquéllos que jubilaron antes de la emisión del dictamen N° 37.859, de 29 de septiembre de 2000, que les reconoció tal derecho, dado que un pronunciamiento que modifica otro anterior, sólo rige para el futuro y no afecta situaciones y actuaciones legales constituidas con anterioridad, por lo que considerando que el interesado obtuvo su pensión de retiro el año 1996, resulta improcedente incluir dicha asignación para reliquidar su pensión. Finalmente, en cuanto a la copia de la resolución N° 764, de 2002, de la Subsecretaría de Marina, del Ministerio de Defensa Nacional, que reliquida la jubilación de otro servidor de la precitada institución naval, y que acompaña, una vez más, el peticionario, resulta preciso reiterar que en materia previsional, las situaciones se analizan caso a caso y de manera particular, motivo por el cual no es posible emitir un criterio respecto del documento aludido. En consecuencia, atendido que en su actual presentación el ex servidor no acompaña antecedentes nuevos que permitan modificar su situación previsional, no cabe sino concluir que no le asiste el derecho a incorporar en su jubilación la asignación reclamada, de modo que se ratifica el mencionado dictamen N° 12.745, de 2005. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 013524N12, de 8 de marzo de 2012.

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