Contraloría General de la República · N° E175570N25
Dictamen N° E175570, de 16 de octubre de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la ampliación del contrato de cuidados domiciliarios, con alcances: deberá indicarse el monto imputado al presupuesto vigente, condicionar pagos futuros a disponibilidad presupuestaria y agregar la terminación anticipada por inhabilitación del proveedor.
Texto del pronunciamiento
N° E175570 Fecha: 16-10-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la ampliación de contrato de prestación de servicios de cuidados domiciliarios, para pacientes beneficiarios del Instituto de Seguridad Laboral que indica, no obstante, en lo sucesivo, en la imputación, esa repartición pública deberá señalar el monto cargado al presupuesto del año en curso, lo que se ha omitido indicar en el resuelvo octavo del acto en examen. Asimismo, cumple con hacer presente que, atendida la modalidad de los pagos, contenida en su cláusula quinta, aquellos que se generen con imputación a presupuestos futuros sólo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos, lo que se ha omitido consignar en el citado resuelvo octavo (aplica el oficio Nº E137382, de 2025). Por último, cabe manifestar que también corresponderá poner término anticipado al contrato en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, y 33 de la ley N° 21.595, lo que no se ha consignado en la cláusula séptima, párrafo II del instrumento que se viene aprobando. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E175570N25, de 16 de octubre de 2025.
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