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Contraloría General de la República · N° 040922N16

Dictamen N° 40.922, de 2 de junio de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 40.922 Fecha: 02-VI-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba bases administrativas, texto del contrato y anexos para la adquisición de casaca operativa unisex con las características y en los términos que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa institución deberá, mediante la respectiva aclaración, precisar que tanto la garantía de seriedad de la oferta como la de fiel y oportuno cumplimiento, podrán otorgarse física o electrónicamente, acorde con lo dispuesto en los artículos 30 y 59 del decreto N° 95, de 2006, del Ministerio de Hacienda. Además, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el pago deberá efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, y no como se estipula en el punto 4.7 de las bases y en la cláusula tercera del modelo de contrato que se aprueba (aplica dictamen N° 30.749, de 2016). Finalmente, se debe precisar que, acorde a lo señalado en el punto 4.5 del acto en estudio, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se suscriba, se aceptará cualquier instrumento que sea pagadero a la vista, de carácter irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, y no sólo aquel que se menciona en la cláusula octava del contrato. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 040922N16, de 2 de junio de 2016.

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