Contraloría General de la República · N° 022802N10
Dictamen N° 22.802, de 30 de abril de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 22.802 fecha: 30-IV-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Rosa Cruz Aguilar solicitando la devolución por parte del cesionario que individualiza, de la cuarta copia de tres facturas que indica -giradas, cada una de éstas, al Instituto de Desarrollo Agropecuario y a las Municipalidades de Maipú y Peñalolén, acompañando sólo respecto de esta última antecedentes de su denuncia-, por cuanto aquél no se las ha pagado. Señala, en síntesis, que aun cuando a través de un mandato autorizó a un tercero para que gestionara, mediante una empresa de factoring, el pago de las aludidas facturas, en la actualidad dicho acto se encuentra revocado. Requerido informe a la Municipalidad de Peñalolén, ésta lo evacuó a través del oficio N° 1.400/10, de 2010. Sobre el particular, cumple con indicar que en las condiciones anotadas, un pronunciamiento de este Organismo de Control en torno a la materia consultada, importaría emitir opinión acerca de la validez de un mandato, y su posterior revocación, de modo que en conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, debe abstenerse de intervenir e informar asuntos como el de la especie, que revisten carácter litigioso (aplica criterio contenido en el dictamen N° 671, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora). Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 022802N10, de 30 de abril de 2010.
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