Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 005093N11

Dictamen N° 5.093, de 26 de enero de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 5.093 Fecha: 26-I-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 88, de 2010, del Centro de Referencia de Salud de Peñalolén Cordillera Oriente, mediante el cual se llama a licitación pública y se aprueban las bases administrativas y técnicas respectivas para la contratación de los servicios profesionales de radiología para el mencionado centro de salud, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente, en relación al punto 14.2.A del citado pliego de condiciones, que las faltas al contrato que originen la sanción de amonestación son aquéllas que no ameritan multa, salvo lo dispuesto en el inciso final del aludido numeral, referido a la acumulación de más de dos amonestaciones. Por otra parte, cabe señalar que la causal de falta grave que se establece en la letra d) del acápite B.2, numeral 14.2.B, de las aludidas bases de licitación, debe entenderse referida a lo que en definitiva se convenga en el contrato a que haya lugar y a lo que allí se indique en relación a las órdenes de atención que dispusiere ese Servicio mensualmente. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 005093N11, de 26 de enero de 2011.

Más sobre Licitación Pública y Bases

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206350

    La Contraloría rechaza la reconsideración y mantiene que la Universidad de Chile debe invalidar la adjudicación, pues la oferta de Hoppmann sí incluía el anexo técnico y su inadmisibilidad se basó en un error. Las compensaciones por perjuicios corresponden a los tribunales.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF206616

    La Contraloría concluye que la PDI no ejerció arbitrariamente su facultad de fijar especificaciones técnicas en las bases, pues incluyó rangos de aceptación y fundamentó sus exigencias, por lo que desestima el reclamo; solo recomienda detallar en lo sucesivo las razones de exigencias muy específicas.

  • 30 de octubre de 2026

    Dictamen N° D451

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, en la contratación de apertura y mantención de cuentas corrientes el municipio debe estimar fundadamente el monto considerando los recursos que se manejarán en la cuenta, para fijar garantías, multas y límites contractuales.

Todos los pronunciamientos sobre Licitación Pública y Bases

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium