Contraloría General de la República · N° 059722N12
Dictamen N° 59.722, de 27 de septiembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 59.722 Fecha: 27-IX-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al decreto del epígrafe, que otorga cuarta renovación de la concesión marítima que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, según lo establecido en el artículo 4°, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, el artículo 65 del decreto N° 2 de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, y la reiterada jurisprudencia administrativa de este Órgano Contralor, la gratuidad de las concesiones marítimas está establecida, entre otras, a favor de las entidades privadas sin fines de lucro que tengan por finalidad satisfacer necesidades de interés público de la comunidad toda, sin que, en el caso en estudio, se acompañen los estatutos sociales que den cuenta que el beneficiario de la medida, cumple actualmente con las finalidades que la normativa describe (aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 46.321, de 2004; 47.124, de 2009, y 895, de 2011). Asimismo, se ha omitido expresar los motivos por los cuales esa autoridad ha dispuesto la gratuidad con que se renueva la concesión de que se trata. Finalmente, cabe anotar que de los documentos acompañados en el expediente administrativo, aparece que los datos consignados en el formulario de solicitud de renovación de la especie, no corresponden al titular de la primitiva concesión. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 059722N12, de 27 de septiembre de 2012.
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