Contraloría General de la República · N° 087372N16
Dictamen N° 87.372, de 1 de diciembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 87.372 Fecha: 01-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alberto Rodríguez Mazurett, solicitando nuevamente la reliquidación de la pensión de la que es titular en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, incorporando el tiempo servido con posterioridad a su retiro del Ejército. Sobre la particular, es menester indicar que a través del dictamen N° 47.430, de 2016, de este origen, se determinó que las cotizaciones por las labores realizadas a contrata por el recurrente al reingresar al Ejército fueron erróneamente enteradas en la CAPREDENA, dada su adscripción previa al sistema de capitalización individual, lo que le impide reliquidar el mencionado beneficio, ya que el sistema que le correspondía por estos trabajos es el regulado por el decreto ley N° 3.500, de 1980, en concordancia con lo resuelto en casos similares, entre otros, en el dictamen N° 76.443, de 2015. En consecuencia, y en atención a que la situación planteada por el interesado ya fue estudiada por este Organismo de Control, sin que en esta oportunidad acompañe nuevos antecedentes, cabe ratificar en todas sus partes el citado pronunciamiento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 087372N16, de 1 de diciembre de 2016.
Más sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
-
La Contraloría concluye que las cotizaciones del artículo 1° letra a) del decreto ley N° 1.812 solo pueden usarse para construir, habilitar y mantener el Hospital de DIPRECA, no para financiar sus prestaciones médicas, hospitalarias y dentales.
-
La Contraloría concluye que, excepcionalmente, un exfuncionario sin derecho a imponerse en CAPREDENA puede pensionarse allí si cotizó directamente al menos 20 años, como ocurre con el solicitante, por lo que ordena tramitar su retiro.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba la modificación del convenio FONASA-CAPREDENA, pero observa que el convenio original se celebró en junio de 2025 y se aprobó recién en julio de 2026, ordenando que en lo sucesivo estos acuerdos se aprueben y remitan oportunamente a control.
Todos los pronunciamientos sobre Previsión de las Fuerzas Armadas y de Orden (Capredena y Dipreca)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.