Contraloría General de la República · N° E506950N24
Dictamen N° E506950, de 1 de julio de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de licitación del servicio de seguridad y vigilancia del Ministerio de Salud, con alcances: en la etapa de aclaraciones deberá precisarse el plazo de la garantía de fiel cumplimiento, la proporción de personas con discapacidad y el sentido de la cláusula "sin reajustes".
Texto del pronunciamiento
N° E506950 Fecha: 01-VII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y económicas para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias del Ministerio de Salud, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, es necesario que en la etapa de aclaraciones esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, el plazo máximo de entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, atendida la disconformidad que existe sobre la materia entre lo señalado en el artículo 27 del pliego de condiciones y en el calendario de licitación contenido en el anexo N° 1 (aplica criterio contenido en oficio N° 21.595, de 2019). Asimismo, en la misma etapa dicha institución deberá aclarar, con relación al primer ítem contenido en la tabla del anexo N°9 A, que la mejor condición de empleo ofrecida en el caso de una empresa de 100 o más trabajadores, se cumplirá si mantiene contratados sobre el 1% de personas con discapacidad con relación al total de sus trabajadores, por cuanto la ley N° 21.015 considera dicha proporción como exigencia mínima en tal caso. Además, como el artículo 29 del pliego de condiciones declara que la modalidad de contratación es a suma alzada, esta Contraloría General entiende que cuando se establece que el contrato es “sin reajustes”, se refiere a que el proveedor no podrá requerir ningún reajuste distinto del expresamente previsto en esas bases y que, según esa misma disposición, procederá cada 6 meses, además del reajuste extraordinario que indica, todo lo cual deberá aclararse en la etapa respectiva. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E506950N24, de 1 de julio de 2024.
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