Contraloría General de la República · N° 000372N15
Dictamen N° 372, de 5 de enero de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 372 Fecha: 05-I-2015 Don Ramón Luis Guzmán Verdugo, en representación, según expone, de Ramón Guzmán y Compañía Limitada, junto con dar cuenta de que esta última le habría prestado diversos servicios a la empresa que singulariza, adjudicataria del contrato de obra pública “Mejoramiento Nudo Vial Alameda-Ruta 5 Sur, Sector Terminal de Buses Rancagua, Provincia de Cachapoal, Región de O’Higgins”, aprobado por la resolución N° 21, de 2014, de la Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, solicita, en lo sustancial, que se instruya a esa repartición, en orden a que pague directamente a su representada aquellas labores que no le han sido solucionadas por la aludida contratista. Sobre el particular es pertinente consignar que ni el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Púbicas -Reglamento para Contratos de Obras Públicas-, ni las bases administrativas aplicables en la especie -sancionadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas-, contemplan la posibilidad de que el referido servicio proceda en la forma requerida por el peticionario, de modo que, tratándose de una problemática suscitada entre particulares, no cabe sino concluir, acorde a lo dispuesto en los artículos 98 y 99 de la Constitución Política, y en las normas de su ley orgánica N° 10.336, que constituye una materia ajena a la competencia de esta Contraloría General (aplica criterio contenido en el dictamen N° 78.989, de 2014, de este origen). En mérito de lo expuesto, esta Sede de Control ha debido abstenerse de emitir el pronunciamiento recabado. Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado del caso hacer presente que en el evento de que no se haya acreditado el pago oportuno de las remuneraciones, imposiciones previsionales y de las cotizaciones de la ley N° 16.744 de los trabajadores ocupados en las faenas, la aludida Dirección deberá adoptar las medidas que correspondan conforme a lo establecido en los artículos 131 y 132 del mencionado texto reglamentario. Transcríbase a la Dirección de Vialidad. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 000372N15, de 5 de enero de 2015.
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