Contraloría General de la República · N° 088739N16
Dictamen N° 88.739, de 9 de diciembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 88.739 Fecha: 9-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Albán Nicanor Cortés López, funcionario del Servicio de Salud Araucanía Sur, requiriendo la reconsideración del oficio N° 2.127, de 2016, de este origen*, por los motivos que expone. Al respecto, es útil advertir que mediante dicho pronunciamiento esta Entidad Fiscalizadora se abstuvo de conocer sobre el asunto planteado por el interesado, relativo a la regularización del pago de las cotizaciones correspondientes al periodo de mayo de 1982 a mayo de 1984, durante el que habría servido en el Hospital Regional de Copiapó, pues de conformidad con los artículos 46 y 47 de la ley N° 20.255, dicha materia es competencia de la Superintendencia de Pensiones. Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, es posible inferir que el problema en cuestión tiene origen en el hecho de que, aun cuando el recurrente estaba adscrito al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, se habrían enterado sus cotizaciones en el Instituto de Previsión Social, asociadas a un RUT diferente, y no en la omisión del pago de ellas. En este contexto, procede que ese instituto adopte las medidas tendientes a corregir dicha equivocación de modo de regularizar la situación previsional del señor Cortés López en el sistema de las administradoras de fondos de pensiones. En este sentido, se complementa el oficio N° 2.127, de 2016, de esta procedencia*. Transcríbase a la Contraloría Regional de La Araucanía, a la Superintendencia de Pensiones y al señor Cortés López. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe Subrogante División de Personal de la Administración del Estado *Oficio N° 2.127, de 2016, de Contraloría Regional de Atacama
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 088739N16, de 9 de diciembre de 2016.
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