Contraloría General de la República · N° 042504N13
Dictamen N° 42.504, de 3 de julio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 42.504 Fecha: 03-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Soledad Ceballos, quien dice ser presidenta subrogante de la Asociación de Funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social, para reclamar, en representación de don Patricio Vargas Andrade, por los vicios que afectarían al sumario administrativo instruido en contra de este último. Sobre el particular, corresponde manifestar que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 23.169, de 2012, de este origen, ha expresado que los procesos sumariales son reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que los previstos al efecto en la ley N° 18.834, la que no otorga facultades a esta Entidad Fiscalizadora para emitir una opinión anticipada respecto de aquéllos, sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control previo de legalidad del acto administrativo que los afine, de ser procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Institución de Control. Así entonces, debido a que según los registros de este Organismo Contralor, el proceso disciplinario de que se trata se encuentra pendiente, se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 042504N13, de 3 de julio de 2013.
Más sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
-
La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
Todos los pronunciamientos sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.