Contraloría General de la República · N° 087794N16
Dictamen N° 87.794, de 2 de diciembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 87.794 Fecha: 02-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Roberto Parada Herrera, solicitando un pronunciamiento acerca de la supuesta contradicción que, en relación al sistema de control de extracciones de aguas subterráneas, se produciría entre lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas aprobado por el decreto N° 203, de 2013, del Ministerio de Obras Públicas; el punto 1.1.3 del “Instructivo Normas y Procedimientos de Control de Extracciones de Aguas Subterráneas”, aprobado por la resolución exenta N° 3.417, de 2015, de la Dirección General de Aguas; y la resolución exenta N° 2.129, de 2016, de la mencionada dirección. Sobre el particular, cumple con señalar que acorde a las instrucciones contenidas en el oficio N° 24.143, de 2015, esta entidad de control emite informes a solicitud de particulares o funcionarios públicos en la medida que estos expongan un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta que se verifique en la especie (aplica criterio contenido en el dictamen N° 79.859, de 2016). En consecuencia, este organismo fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 087794N16, de 2 de diciembre de 2016.
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