Contraloría General de la República · N° 013257N10
Dictamen N° 13.257, de 12 de marzo de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 13.257 Fecha: 12-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Roxanna Jeannette Álvarez Puga, funcionaria de la Subsecretaría de Salud Pública, para reclamar por la negativa de la autoridad de otorgarle información mientras se sustanciaba el proceso sumarial de que habría sido objeto, y por la demora de ponerse término al mismo. Requerido de informe, el Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, manifestó, en síntesis, que el Fiscal del procedimiento sumarial que interesa a la recurrente determinó en su informe, luego de realizar todas las indagaciones pertinentes, que no existían antecedentes que permitieran dar por acreditada la existencia de hechos que merezcan reproche administrativo. Por ende, la superioridad del Servicio, concordando con el criterio del investigador, emitió la resolución exenta N° 1.602, de 2009, que sobreseyó el referido proceso. Sobre el particular, cabe señalar que en la documentación tenida a la vista por este Organismo de Control, aparece que en el referido sumario, no se formularon cargos en contra de la reclamante y que a través de la precitada resolución exenta la autoridad procedió a sobreseer genéricamente el mismo, encontrándose, por ende, superada su situación en este aspecto. Tratándose de la alegación planteada por la reclamante relativa a que la autoridad se habría negado a otorgarle información durante la sustanciación del proceso, cumple informar que el artículo 137, inciso segundo, de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece expresamente que el sumario será secreto hasta la fecha de formulación de cargos, oportunidad en que dejará de serlo para el inculpado y para el abogado que asumiere la defensa. Pues bien, a la luz de dicha norma y considerando lo expuesto en el párrafo precedente, a la reclamante no le ha asistido el derecho a acceder a la información sumarial indagatoria mientras ella se realizaba. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 013257N10, de 12 de marzo de 2010.
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